PREE 5000. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EN MUNICIPIOS DE RETO DEMOGRÁFICO

PLAZO:

Desde su aprobación en el año 2021 el Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) ha generado interés creciente y ha ido aumentado su demanda por lo que se ha considerado conveniente ampliar su plazo de vigencia hasta el 31 de julio de 2024, según se ha publicado en el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre.


BENEFICIARIOS:

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda..
  • Las Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y Melilla, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios.
  • Entidades Locales y el sector público institucional de las administraciones públicas. 
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos. 
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición. 
  • Propietarios que de forma agrupada, reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.

 COMPATIBILIDAD:

Las ayudas otorgadas serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que dicha ayuda no cubra los mismos costes y que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, para aquellos destinatarios finales que sean empresas o realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

Ministerio para la transicion ecologica y el reto demografico

 

 

 

 

IDAE

OBJETIVO:

 Dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios de reto demográfico, mediante actuaciones que van  desde cambios en la  envolvente térmica, a  la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.  

Además, el Programa pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, tal como recogen las últimas directivas de energías renovables y de mercado interior de la energía. 


CUANTIAS:

Para la tipología de mejora de la  envolvente del 50%, actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas del 40% y en el caso de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación la ayuda será del 20%.

En caso de que se opte por rehabilitaciones en viviendas o locales individuales dentro de edificios, este porcentaje de ayuda pasa a ser del 40%, 30% y 20% para las tipologías de mejora de la eficiencia energética en envolvente, instalaciones térmicas e  iluminación, respectivamente, pudiendo contar con ayudas adicionales diferentes en función del uso del edificio y, si se cumplen los criterios de eficiencia energética, criterios sociales o criterios de actuaciones integradas y en lo que se refiere a los criterios sociales, el Real Decreto establece que tendrán derecho a ayudas adicionales las actuaciones que se realicen en edificios de vivienda que hayan sido calificados definitivamente bajo algún régimen de protección pública y  en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales, También podrán acogerse a este criterio social aquellos consumidores que tengan concedido el bono social, según se determine en las convocatorias que realicen las comunidades autónomas.

Así mismo, tendrán derecho a una ayuda adicional por mejora de la eficiencia energética, aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida.

Además, tendrán derecho a ayudas adicionales  las actuaciones integradas; es decir las que combinen simultáneamente dos o más tipologías, siendo una de ellas  sobre la envolvente térmica que implique  una disminución de la demanda del 30%  en climatización, combinada  con otra  actuación, bien sobre la instalación térmica  que suponga , al menos, la sustitución del 60% de la potencia de la generación  térmica existente; o bien  sobre la iluminación, en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda, que suponga la renovación de más de un 25% de la superficie iluminada.

Igualmente, tendrán derecho a ayuda adicional integrada los edificios rehabilitados por las comunidades de energías renovables o las comunidades ciudadanas de energía.

Por tanto, mediante una ayuda adicional, se pueden incrementar dichas ayudas base en, hasta un 15% si cumple el criterio social, hasta un 15% si la actuación alcanza la clase energética A y hasta un 25% si se cumple el criterio de actuación integrada.
El importe de la ayuda total estará, no obstante, limitado por el importe máximo que resulte de la aplicación de la normativa de ayudas de Estado.

PRESUPUESTO:

Dotación presupuestaria inicial de 50.000.000 euros.
El presupuesto, no obstante, podrá ser ampliado, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia del mismo.


ACTUACIONES:

1. Mejora de la envolvente térmica.

2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como: 

-Sustitución energía convencional por energía solar térmica.

-Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

-Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

-Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.

-Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

3. Mejora de las instalaciones de iluminación

UE. Fondo Next Gene...

 
 

Plan de Recuperació...


 
 
 
 
PREE 5000

¿COMO PODEMOS AYUDARTE?

DIAGNÓSTICO

  • Estudio del contexto externo y situación actual de la Entidad Local.
  • Determinar las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades y  los ejes sobre los que trazar el plan estratégico, 
  • Establecer objetivos

PLAN DE ACTUACIÓN

  • Identificar e implantar las acciones operativas para obtener los objetivos 
  • Aprovechamiento de las oportunidades y fortalezas
  • Mitigar las amenazas y debilidades

SEGUIMIENTO

  • Establecer indicadores de evaluación
  • comprobación periódica sobre el cumplimiento y progreso de los objetivos establecidos.
 
Contacto
He leído y acepto la política de privacidad y recibir información relacionada con Innovación y Desarrollo Local Sostenible 
 Start Over