Subvenciones y Ayudas del Consejo
Superior de Deportes
a entidades públicas titulares de infraestructuras para
mejora
y optimización de instalaciones y espacios deportivos
que fomenten el
turismo deportivo sostenible.
Con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
36.185.000 €
PLAZO:
Hasta el 11 de Agosto 2023
OBJETIVO:
Promover la reforma sostenible e inclusiva de instalaciones y espacios deportivos en los que se puedan desarrollar proyectos relacionados con el sector del turismo deportivo, con el fin de modernizar nuestra industria turística asociada al deporte, y cuyo plazo de ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025.
SUBCONTRATACIÓN:
PAGO ANTICIPADO:
100%
BENEFICIARIOS:
Mantener la inversión durante un plazo de cinco años desde la finalización de la ejecución del proyecto, sin que sufra una modificación sustancial que afecte a su naturaleza o a sus condiciones de ejecución y aprobación. Serán considerados cambios sustanciales todos aquellos que alteren el objetivo o resultado de la subvención. El cumplimiento de este requisito estará sujeto a comprobaciones a criterio del órgano gestor de las ayudas.
FINANCIACIÓN:
Se establece un importe total máximo a percibir por cada entidad beneficiaria de 600.000 euros, con independencia de si se presentan uno o dos proyectos en la solicitud.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Cada entidad solicitante deberá presentar una única solicitud, que podrá contener hasta un máximo de dos proyectos para los que se solicite financiación, que se ejecuten entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025, pudiendo englobar una o varias de las categorías de gastos indicadas a continuación.
- a) Adecuación y mejoras de espacios e instalaciones deportivas.
- b) Adecuación y mejora de accesos y aparcamientos.
- c) Adecuación de vestuarios y otros espacios complementarios de apoyo a la actividad deportiva, como gimnasios, salas de readaptación y enfermería, así como residencias y salas destinadas a la formación
- d) Mejoras en la eficiencia energética.
- e) Adecuación, adaptación y mejoras de las instalaciones, siempre que el resultado implique una mejora en la consecución de los objetivos de transición ecológica, digitalización, igualdad e inclusión, accesibilidad y/o seguridad en las instalaciones.
- f) Actuaciones que desarrollen y/o mejoren la digitalización de la actividad turístico-deportiva en todos sus ámbitos de desarrollo.
- g) Elaboración del diseño y/o proyecto de inversión de las actuaciones recogidas en el presente apartado. No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, teniendo en cuenta que el incumplimiento será causa de reintegro de los fondos. Por otra parte, se deberá cumplir con las obligaciones establecidas en relación con el etiquetado verde.
2. En ningún caso se considerarán subvencionables los salarios de las personas empleadas.
3. De conformidad con el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES:
La evaluación de cada proyecto individual se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios de valoración, obteniendo una puntuación máxima de 100 puntos.
a) Criterios de mejora de transición ecológica y digital.
Hasta 50 puntos.
- Mejoras de eficiencia energética: Hasta 20 puntos.
- Mejoras de accesibilidad: Hasta 10 puntos.
- Mejoras de sostenibilidad de la instalación: Hasta 10 puntos.
- Mejoras de digitalización de la instalación: Hasta 10 puntos.
b) Criterios de plan de uso y acción
Hasta 40 puntos.
- Durabilidad y permanencia del proyecto: Hasta 20 puntos.
- Incremento de la actividad económica y empleo previsto: Hasta 10 puntos.
- Formar parte no de una red autonómica, nacional y/o internacional: Hasta 5 puntos.
- Convenios u otros documentos de colaboración con otras entidades a nivel nacional y/o internacional: Hasta 5 puntos.
c) Viabilidad del plan de actuación y cronograma, así como adecuación del proyecto al presupuesto solicitado.
Hasta 5 puntos.
d) Criterio de cohesión territorial.
Hasta 5 puntos.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Anteproyecto: con descripción de las actuaciones, tabla de presupuestos, cronogramas, planos y acreditaciones energéticas si son necesarias.
- Memoria Resumen: del anteproyecto.
- Memoria descriptiva: de análisis de gestión de las instalaciones.
- Acreditación: Titularidad de la instalación.